LA POLICÍA ESTÁ OBLIGADA A RECIBIR TODAS
LAS DENUNCIAS
Según la Ley de Protección y Bienestar Animal, los agresores
y asesinos de animales se enfrentan a una pena de 3 a 5 años de cárcel.
¿Qué dice la Ley 30407?
LEY DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-de-proteccion-y-bienestar-animal-ley-n-30407-1331474-1/
El documento afirma: “Toda persona tiene el deber de
procurar la protección y el bienestar de los animales, cualquiera que sea su
especie, evitando causarles daño, sufrimiento innecesario, maltrato de tipo
físico que altere su normal comportamiento, lesión o muerte”.
Esta ley afirma que toda persona que cuida a un animal como
mascota no puede abandonarlo en la vía pública, usarlo para espectáculo o
entretenimiento público o privado, comercializarlo y atentar contra su vida.
Cabe resaltar que esta legislación no abarca las corridas de
toros ni las peleas de gallos.
Todo el que ataque o abandone a un animal, ya sea en la vía
pública o sin brindarle la atención requerida, podría pasar hasta 150 días
recluido. Asimismo, es considerada una persona inhabilitada para tener
animales.
FUENTE: DIARIO LA REPÚBLICA
ENLACE: https://larepublica.pe/sociedad/2020/01/23/ley-de-proteccion-animal-en-peru-contra-maltrato-que-numero-es-y-cuantos-anos-de-carcel-recibe-el-acusado-atmp/
La presente Ley Declara de interés nacional la protección a
todas las especies de animales domésticos y de animales silvestres mantenidos
en cautiverio, contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre,
directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario, lesión o
muerte.
SON OBJETIVOS DE LA PRESENTE LEY:
a) Erradicar y prevenir todo maltrato y actos de crueldad
con los animales, evitándoles sufrimiento innecesario.
b) Fomentar el respeto a la vida y derechos de los animales
a través de la educación.
c) Velar por la salud y bienestar de los animales
promoviendo su adecuada reproducción y el control de las enfermedades
transmisibles al hombre.
d) Fomentar y promover la participación de todos los
miembros de la sociedad en la adopción de medidas tendientes a la protección de
los animales.
FUENTE: MINISTERIO DEL AMBIENTE
ENLACE: https://sinia.minam.gob.pe/normas/ley-proteccion-animales-domesticos-animales-silvestres-mantenidos
PROHÍBEN USO DE CABALLOS DE LA PNP EN MANIFESTACIONES
Corte Superior de Justicia resolvió prohibir la presencia de
caballos de la PNP para controlar a la muchedumbre
La Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la
demanda que solicita la prohibición del uso de caballos de la Policía Nacional
del Perú (PNP) en eventos que pongan en riesgo su integridad física.
Los jueces de la Primera Sala Constitucional resolvieron
declarar nula la palabra “Montada” que se encuentra en el Decreto Supremo
026-2017-IN del Reglamento del Decreto Legislativo 1267 en la Ley de la Policía
Nacional del Perú. Por lo que, la Policía Montada ahora será llamada División
de Servicios Especiales de la Región Policial Lima.
Esta sentencia señala que la PNP ya no usará a los caballos
para controlar la muchedumbre y consideró que los uniformados empleen sus
unidades móviles y la tecnología adecuada que tengan a su disposición para
enfrentar las manifestaciones.
Cabe precisar que hace dos años, la abogada Sonia Córdova,
presidenta del Instituto Peruano de Asesoría legal del Medio Ambiente y
Biodiversidad (IPALEMA), presentó una demanda de acción popular contra el
Ministerio del Interior (Mininter) por el uso de los caballos en
manifestaciones, marchas y otras actividades.
FUENTE: DIARIO LA RAZON
ENLACE: https://larazon.pe/prohiben-uso-de-caballos-de-la-pnp-en-manifestaciones/#:~:text=Corte%20Superior%20de%20Justicia%20resolvi%C3%B3,en%20riesgo%20su%20integridad%20f%C3%ADsica.
¿QUÉ HACER ANTE UN CASO DE MALTRATO ANIMAL?
Acudir a la comisaría más cercana para presentar la denuncia
junto con las pruebas físicas del maltrato, de manera que se puedan hacer las
investigaciones necesarias y sancionar al responsable de dicha acción.
En conclusión, el maltrato hacia los animales de compañía
constituye un acto de crueldad inaceptable en nuestro ordenamiento. Este
comportamiento refiere más a una preocupación psicológica y a la salud mental
de las personas, pues se dirige a la sensibilidad y, sobre todo, empatía ante
el sufrimiento de un ser vivo, especialmente, cuando se trata de animales que,
como bien menciona el nombre, nos acompañan y tienen participación en nuestra
vida. Por lo tanto, es importante concientizar y divulgar las leyes que
protegen los derechos de estas criaturas.